CLIA adopta la Carta de Derechos de los Pasajeros de la Industria de Cruceros

Diez puntos para proteger a los cruceristas ante fallos e imprevistos

Publicada 25/05/13 -Actualizada 01/04/22 10:55h
Diez puntos para proteger a los cruceristas ante fallos e imprevistos

Los miembros de la Asociación Internacional de Líneas de Cruceros (CLIA) han adoptado la Carta de Derechos de los Pasajeros de la Industria de Cruceros, un listado de directrices para actuar en caso de imprevistos y emergencias desarrollado por esta organización.

Las navieras norteamericanas pertenecientes a CLIA ya han ratificado el acuerdo y la carta se ha remitido a la Organización Marítima Internacional (IMO) solicitando su reconocimiento a nivel global. Así mismo la organización ha proporcionado ya material para 14.000 agentes de viajes para que informen a sus clientes sobre sus derechos.

Diez puntos para proteger a los cruceristas ante fallos e imprevistos

La Carta consta de 10 puntos que ha dado a conocer la asociación y que son los siguientes:

  1. El derecho a desembarcar de un barco amarrado si las provisiones de alimento, agua, servicios de descanso y acceso a cuidados médicos no pueden ser adecuadamente  provistos.
  2. El derecho al completo reembolso para un viaje que ha sido cancelado por fallos mecánicos o reembolso parcial para viajes finalizados antes de tiempo por estos fallos.
  3. El derecho a tener disponible a bordo en barcos que operan más allá de los ríos o aguas costeras, profesionales para emergencia médica a tiempo completo según se necesite hasta que un servicio en tierra esté disponible.
  4. El derecho a las actualizaciones de información oportunas sobre cualquier ajuste en el itinerario del barco en el caso de fallos mecánicos o emergencias así como el estado de los esfuerzos para corregir los fallos mecánicos.
  5. El derecho a una tripulación que esté debidamente capacitada sobre emergencias  y procedimientos de evacuación.
  6. El derecho a una fuerte de energía de emergencia para el caso de fallo del generador principal.
  7. El derecho de transporte al puerto de desembarque o la ciudad donde vive el pasajero en caso de que un crucero termine antes de tiempo por fallos mecánicos.
  8. El derecho a alojamiento si el desembarco y la estancia en un puerto no programado es requerido cuando el crucero termina antes de tiempo debido a fallos mecánicos.
  9. El derecho a tener incluida en cada web de línea de cruceros una línea de teléfono gratuita que pueda ser usada para hacer preguntas o pedir información concerniente a algún aspecto de las operaciones del barco.
  10. El derecho a tener publicada esta Carta de Derechos de los Pasajeros de la Industria de Cruceros en el website de cada naviera.

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