Como consecuencia del paro del martes

Brasil puede multar a Aerolíneas Argentinas y Austral por la suspensión de vuelos

Pide resarcimiento de US$ 480.000 por viaje

Publicada 21/11/12
Brasil puede multar a Aerolíneas Argentinas y Austral por la suspensión de vuelos

La Agencia Nacional de Aviación Civil (ANAC) envió una notificación a Aerolíneas Argentinas y Austral en la que reclaman “cumplir con las normas brasileñas de asistencia al pasajero”. Las compañías aéreas tendrán cinco días para notificar su procedimiento, si no se adecúa al protocolo de Brasil podrían ser penadas.

Según explica la ANAC en el comunicado, “la falta de asistencia” podría ocasionarle a las empresas multas de hasta US$ 480.000 por vuelo.

Vale tener en cuenta que a raíz de un paro de trabajadores los aeropuertos argentinos operaron con dificultad y muchas salidas fueron suspendidas, incluso en Brasil se cancelaron los vuelos que conectaban ambos países.

Aerolíneas Argentinas podría recibir una multa de US$ 480.000 por vuelo.
Aerolíneas Argentinas podría recibir una multa de US$ 480.000 por vuelo.

Tal como publicó HOSTELTUR noticias de turismo tanto Aerolíneas Argentinas y Austral, como la chilena LAN habían advertido a sus pasajeros que los vuelos podrían sufrir complicaciones,sin embargo en los próximos cinco días las empresas estatales deberán notificar cómo fue el manejo con los pasajeros que estaban en territorio brasileño.

Entre las reglas de asistencia de pasajeros que exige la ANAC se encuentra la de informar “formalmente” a cada cliente el motivo de la cancelación y ofrecer alternativas para encontrar solución al problema.

Una de las opciones para compensar la falla es el “reembolso del pasaje” y otra "fijar vuelo en otra fecha”, sin costo y de acuerdo a las necesidades del pasajero. Asimismo, las empresas aéreas deben ofrecer salidas en otras compañías e incluso realizar el traslado mediante otra vía, cuando sea posible.  

Aeropuerto Internacional de San Pablo.
Aeropuerto Internacional de San Pablo.

Por último, la Resolución brasileña 141/2010 (ver adjunto) establece que si el pasajero se encuentra fuera de su territorio, tiene derecho a alimentación y si el atraso supera las cuatro horas, las compañías deben pagarles un hospedaje.

De la aplicación o no de estas normas dependerá la sanción económica para las empresas de bandera argentina.

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