Las empresas deberán registrarse y pagar un canon a la intendencia

Montevideo con reglamentación provisoria para plataformas como Uber

Publicada 12/01/17
Montevideo con reglamentación provisoria para plataformas como Uber

Uruguay/ La intendencia de Montevideo decidió establecer una reglamentación provisoria para el servicio de transporte oneroso de pasajeros en vehículos privados, tales como Uber o Cabify. Habrá un registro, deberán presentar mensualmente una declaración jurada y pagar un canon.

La Resolución firmada por la intendencia destaca que “es imperioso” poner en marcha un sistema provisorio mientras se avanza en la reglamentación definitiva y por eso se dispone la creación del Registro Provisorio de Plataformas de Intermediación de Transporte Oneroso de Pasajeros en la órbita del Departamento de Movilidad.

El registro deberá tener el nombre de la empresa, razón social, un domicilio legal dentro del departamento de Montevideo y una constancia de su inscripción en el sistema de notificaciones electrónicas estatal.

Sólo las plataformas que se encuentren inscriptas podrán ofrecer el servicio de conectar pasajeros con choferes de vehículos privados.

Montevideo con reglamentación provisoria para plataformas como Uber

Hasta que se defina una reglamentación definitiva, estas empresas “deberán entregar en forma mensual, entre el primer y el décimo día, una declaración jurada conteniendo los datos de todos los vehículos que ofrecen el servicio de transporte, los nombres de los permisarios y los kilómetros recorridos (con pasajeros) por cada uno de los vehículos”.

A su vez, se establece que a partir del 1 de marzo los vehículos que operen bajo esta modalidad deberán cumplir con los requisitos de la Ley 19.061 y “no tener más de 6 años de antigüedad y contar con seguros que incluyan al pasajero”. Para la misma fecha, los conductores tendrán que contar con licencia de conducir categoría E expedida por la Intendencia de Montevideo.

Estas plataformas “deberán asumir la retención del pago del canon generado por los vehículos afectados al servicio y su posterior depósito en la cuenta del Fondo de Movilidad”, el cual fue creado por el artículo Nº 13 del decreto Nº 36.197 de la Junta Departamental de Montevideo. Ese depósito será mensual y se incluirán todas las obligaciones generadas durante el mes anterior. Por su parte, la intendencia entregará un certificado en forma de recibo por el monto recibido.

Para finalizar, dejan en claro que las comunicaciones entre la intendencia y las empresas se hará mediante el sistema notificaciones.gub.uy. 

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